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Aseguratuviaje.com.co te informa los requisitos para viajar al exterior con menores de edad. Cómo tramitar las Autorizaciones
Si un menor de edad necesita salir del país debe tener en cuenta los requisitos necesarios para no tener problemas migratorios pero sobre todo para que su seguridad no se vea afectada. En Aseguratuviaje.com.co le brindamos esta información.
Desde la cancillería del Ministerio de Relaciones Exteriores se hacen las siguientes recomendaciones al viajero:
• Debe contar con el permiso de salida de los padres o del padre que no viaja con el menor. Según lo definido en el Código de Infancia y Adolescencia.
Básicamente, es una carta de autorización que cuenta con la firma, los datos personales del padre y el menor, y la aprobación textual de su viaje.
• El menor y el padre acompañante deben contar con documento de identidad, pasaporte y visa de ser necesario, y registro civil. Los documentos deben estar actualizados y en buen estado.
• Si el padre o madre que da el permiso está en Colombia el permiso debe estar autenticado ante un notario público, sino se encuentra en el exterior, el permiso debe estar autenticado ante el consulado colombiano.
• De no ser posible ubicar un Consulado Colombiano cerca de su residencia, el permiso debe estar diligenciado en idioma español, suscrito ante notario público, debidamente apostillado y siempre debe ser en original.
¿Qué hacer en el caso de fallecimiento del padre o madre que da el permiso?
Cuando uno de los padres esté fallecido, se debe presentar el certificado de defunción. En caso de fallecimiento de los dos padres, se debe presentar el permiso de salida suscrito por el representante legal o tutor del menor, conforme a la Ley.
¿En el caso de menores adoptados?
Para los menores adoptados, se debe presentar copia de la sentencia de adopción debidamente ejecutoriada.
¿Qué hacer si los padres están en conflicto? se debe presentar permiso otorgado por el Juez de Familia. Si la patria potestad está en cabeza de uno de los padres, se debe presentar copia de la sentencia debidamente ejecutoriada.
Otros datos importantes:
• Si el permiso está otorgado por escritura pública, se debe presentar copia de la misma con la certificación de su vigencia.
• Si el menor ostenta doble nacionalidad, siendo una de ellas la colombiana, debe cumplir con los requisitos antes establecidos (en todo caso como nacional colombiano).
• Permiso del ICBF cuando se desconoce el paradero de sus padres o de uno de ellos, cuando este o estos no están en condiciones de otorgar el permiso o cuando se carece de representante legal.
Para más dudas sobre el permiso para el viaje de menores le dejamos la siguiente información:
Página: www.migracioncolombia.gov.co Centro de Contacto Ciudadano [57-1] 5954331 o Línea Nacional Gratuita: 018000-957777.
Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.
En Aseguratuviaje.com.co cuidamos su tranquilidad y salud a través de nuestros seguros internacionales. Pero además lo mantenemos informado para que sea todo un viajero experto y pueda visitar cualquier destino.
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